
















En las 17 provincias que constituían los Países Bajos antes del levantamiento y en las 10 que después de él, quedaron sujetas a la dominación de España, nombraba el virrey o gobernador general todas las autoridades superiores; en sus manos y en las de sus representantes, estaba la administración de justicia; nombraba a los regidores, que desempeñaban las funciones de jueces, excepto en Valenciennes, que los nombraba por sí misma, y a los bailes que tenían el cargo de fiscales. Los tribunales de Flandes, la cancillería de Brabante y el alto tribunal de Malinas recibían de él sus asesores y su sueldo.
Antes de entrar en el ejercicio de sus funciones, el virrey, juraba la observancia de los estatutos, privilegios, cartas de franquicia, exenciones, inmunidades, derechos señoriales y en una palabra, todas las leyes de las diferentes provincias. En el desempeño de su cargo ayudábanle, como sabemos, un consejo de estado y otros especiales para la administración de justicia y el manejo de los caudales públicos.
Cada provincia tenía sus leyes particulares y su institución distinta; un privilegio de los Brabantinos, los absolvía del juramento de fidelidad, en caso de violar el príncipe las leyes del país; Malinas estaba exenta de todo tributo sobre los bienes raices de su clase media, y en ninguna provincia podía imponerse contribución o pecho alguno sin la anuencia de los estados, que se componían de los representantes del clero, de la nobleza y de las municipalidades; su organización, el número de diputados, su influencia y la extensión de su poder, variaban en las diferentes provincias. El virrey podía convocar los diputados de todas a asamblea general, pero como era necesaria la unanimidad de votos para hacer obligatorias las decisiones de los estados generales, raras vces los convocaba y prefería tratar sucesivamente, con los estados de cada provincia.
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